Puede un administrador de un conjunto residencial prohibir el ingreso de alguien
¿Es legal que siempre se prohíba la entrada de direcciones en el edificio o complejo?
A pesar de que la mayoría de las restricciones impuestas por el gobierno nacional han desaparecido, ¿por qué puede un administrador de un conjunto residencial prohibir el ingreso de alguien?
No, según la Ley 675 de 2001 que regula la propiedad horizontal, los administradores de un conjunto residencial no tienen la facultad de prohibir el ingreso de personal debidamente autorizado por los copropietarios para realizar funciones relacionadas con los servicios públicos. Su responsabilidad principal es administrar correctamente los bienes y servicios comunes, así como hacer cumplir la ley y el reglamento de propiedad horizontal.
Puede un administrador de un conjunto residencial prohibir el ingreso de un vehículo
En un conjunto residencial, es común que el administrador tenga la autoridad para establecer normas y regulaciones que garanticen la seguridad y el bienestar de los residentes. En algunos casos, esto puede incluir la prohibición del ingreso de ciertos vehículos al complejo residencial. Esta medida puede ser implementada con el objetivo de controlar el acceso de vehículos no autorizados o para mantener el orden dentro del conjunto residencial.
Para poder prohibir el ingreso de un vehículo, el administrador debe tener fundamentos legales para hacerlo. Esto puede incluir cláusulas específicas en el contrato de arrendamiento o en el reglamento interno del conjunto residencial. Es importante que estas cláusulas estén redactadas de manera clara y precisa, y que sean comunicadas a todos los residentes para evitar malentendidos o conflictos.
La prohibición de ingreso de un vehículo también puede estar relacionada con el incumplimiento de normas específicas por parte del propietario o del conductor. Si un vehículo ha sido utilizado para actividades ilegales o ha causado molestias o daños a otros residentes, el administrador puede tomar la decisión de prohibir su ingreso al conjunto residencial. En estos casos, es importante que el administrador tenga pruebas y evidencias que respalden su decisión.
Es fundamental mencionar que, en algunos casos, la prohibición de ingreso de un vehículo puede generar inconvenientes y descontento entre los residentes. Por esta razón, es importante que el administrador tenga en cuenta los derechos y necesidades de los residentes al tomar esta decisión. Se recomienda establecer canales de comunicación efectivos para que los residentes puedan expresar sus inquietudes y buscar soluciones en conjunto.
En resumen, un administrador de un conjunto residencial puede prohibir el ingreso de un vehículo, siempre y cuando cuente con fundamentos legales y motivos válidos para hacerlo. La existencia de cláusulas específicas en el contrato de arrendamiento o en el reglamento interno, así como el incumplimiento de normas o el uso indebido del vehículo, son algunos de los aspectos a tener en cuenta al tomar esta decisión. Es importante que el administrador actúe de manera justa y equitativa, teniendo en cuenta los derechos y necesidades de todos los residentes.
Si no hay más reglas, ¿por qué continúa la prohibición?
Muchos residentes de propiedades horizontales hacen esta pregunta, quienes ven cómo, a pesar del hecho de que la mayoría de las restricciones impuestas por el gobierno nacional han desaparecido, en los objetivos de construcción y montaje, la entrada de viviendas siempre está prohibida y es necesario dejar unidades privadas para recoger pedidos.
La respuesta puede ser doble: el administrador de esta copropiedad no sabe que la regla que apoya la prohibición ya ha sido derogada, o el administrador mantiene la medida actual por razones de salud, pero por condiciones de seguridad.
Una de las medidas ordenadas por el gobierno nacional el año anterior en propiedad horizontal, durante el aislamiento por Covid19, fue la prohibición de la entrada de viviendas en edificios y complejos, razón por la cual todos los residentes tuvieron que recoger sus paquetes para ese propósito.
Dicha medida fue aceptada pacientemente por los propietarios e inquilinos, ya que era una norma nacional, emitida en un intento de reducir los contagios en ese momento.
Ahora que las tasas de transmisión de virus y las muertes han disminuido considerablemente, aunque ya tenemos vacunas, el estándar no solo ha perdido su razón de ser, sino que ha sido derogado, según lo ordenado por el Ministerio de Salud, desde el último 2 en junio, mediante la resolución 777 de 2021, porque con él los protocolos de bioseguridad se unificaron y la gran mayoría de los que existían en la propiedad horizontal desaparecieron, entre ellos, los establecidos para los servicios a domicilio.
La Junta Directiva puede mantener la medida por razones de seguridad
Debemos decir que, aunque las condiciones de salud han mejorado, la inseguridad en nuestro país lamentablemente ha aumentado, como vemos más y más delincuentes entrando en unidades residenciales de varias maneras que ponen en peligro a todos sus ocupantes.
En consecuencia, la restricción a la entrada de viviendas establecida por las juntas directivas, para garantizar la seguridad de sus residentes, ha encontrado apoyo, desde 2002, en una acción de tutela de la que el Tribunal Constitucional estaba al tanto.
De hecho, a través de Parada T-732 de 2002, el Tribunal Constitucional más alto sostuvo que la prohibición de la entrega de «domicillos» en cada apartamento no constituye una infracción del derecho a la vida, ni una interferencia arbitraria que cancela la privacidad, ya que es una medida saludable y necesaria, que permite la administración de bienes horizontales para garantizar su seguridad.
aclaró la frase de que tal medida no puede aplicarse en los casos en que se demuestre que uno de los residentes es físicamente incapaz de mudarse fuera de su lugar de residencia.
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Preguntas frecuentes sobre el ingreso de personas en conjuntos residenciales
¿Qué no puede hacer un administrador de propiedad horizontal?
Un administrador de propiedad horizontal tiene limitaciones claras en su ejercicio de funciones. No puede tomar decisiones unilaterales que afecten a la comunidad sin la aprobación de la asamblea, ni modificar los reglamentos internos sin el consenso de los copropietarios. Además, está prohibido actuar en interés personal, en lugar de priorizar el bienestar de la comunidad.
Entre otras cosas, el administrador no puede:
- Realizar gastos extraordinarios sin autorización.
- Imponer sanciones sin un procedimiento previo.
- Desestimar quejas o reclamos de los copropietarios.
¿Qué está prohibido en la propiedad horizontal?
En una propiedad horizontal, existen ciertas normas que regulan el comportamiento de los residentes y visitantes. Estas prohibiciones están diseñadas para garantizar la convivencia pacífica y el respeto entre los vecinos. Algunas de las actividades comúnmente prohibidas incluyen:
- Realizar ruidos excesivos que perturben la tranquilidad de los demás.
- Modificar la estructura del inmueble sin autorización previa.
- El uso de áreas comunes para fines personales sin consentimiento.
Además, el administrador tiene la facultad de prohibir el ingreso de personas que representen una amenaza para la seguridad o el bienestar de la comunidad. Esto puede incluir individuos con antecedentes delictivos o aquellos que hayan causado problemas en el pasado. Estas medidas son fundamentales para mantener un ambiente seguro y armonioso dentro del conjunto residencial.
¿Quién vigila a los administradores de conjuntos residenciales?
La vigilancia de los administradores de conjuntos residenciales recae en varias entidades y mecanismos. En primer lugar, los propietarios de las unidades tienen el derecho de solicitar cuentas a la administración y participar en las asambleas donde se toman decisiones importantes. Además, existen organismos gubernamentales que regulan las actividades de estas administraciones.
Entre los mecanismos de control se encuentran:
- Asambleas de propietarios.
- Contraloría interna del conjunto residencial.
- Normativas locales sobre propiedad horizontal.
- Acciones legales en caso de abusos.
¿Dónde se puede demandar a un administrador de propiedad horizontal?
Un administrador de propiedad horizontal puede ser demandado ante los juzgados civiles, donde se tramitan los casos relacionados con conflictos de propiedad y contratos. Además, si la controversia involucra temas administrativos o de convivencia, también se puede recurrir a la Superintendencia de Notariado y Registro o a entidades de conciliación que se ocupen de resolver disputas en conjuntos residenciales. Es importante contar con asesoría legal para determinar la vía más adecuada según la situación específica.
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