Cobro juridico cuotas de administracion

COBRO-JURIDICO-CUOTAS-DE-ADMINISTRACION

La recaudación legal de los costos administrativos de conformidad con la Ley 675 de 2001 no autoriza la administración de un edificio, cobrar unilateralmente a un residente los honorarios pagados a un abogado por la representación de la copropiedad en los procedimientos judiciales, y menos aún para incluir, en su declaración, el valor de estos honorarios.

«Los honorarios de un abogado como gastos en el contexto de procedimientos legales se denominan agencias legales, su definición pertenece a una autoridad judicial, de conformidad con las tarifas previamente reguladas por el Consejo Superior del Poder Judicial, cuyo valor no corresponde necesariamente a los costos pagados por una de las partes a su abogado.

Esto fue determinado el 26 de febrero por el Honorable Tribunal Constitucional mediante la Sentencia T-062/18, al resolver una acción de tutela propuesta por el propietario de un apartamento ubicado en un complejo residencial en la ciudad de Bogotá, por el cual solicitó la misión a su favor, permanentemente, uno de los estacionamientos comunes disponibles para la copropiedad, porque se encuentran en una situación de discapacidad.

Será importante enfatizar que el actor de la acción de tutela no solo consideró que sus derechos fueron violados debido a la negativa del grupo a reconocer el uso de un estacionamiento de forma permanente, ignorando su situación de discapacidad, pero trató de dejar de lado el cargo de que se habían cobrado los honorarios del copropietario, debido a un derecho de petición que presentó y que presentó anteriormente, porque ningún título legal permitiría tal procedimiento.

El administrador del complejo residencial, cuando respondió al juez de tutela, admitió que la justificación de dicha colección de derechos apareció en los artículos 2341 y siguientes. Del Código Civil que regula la responsabilidad civil extracontractual, se considera que el actor causó daños a la copropiedad, al forzar el alquiler de los servicios de un profesional legal.

Por la corte[S]bueno, la administración expone una base legal para este propósito, la verdad es que dicho organismo no tenía la competencia para imponer dicha colección al resentimiento, en la medida en que esta asignación no aparezca en sus funciones legales y regulatorias. De hecho, ni en la Ley 675 de 2001 ni en la regulación de la copropiedad, se establece el cobro a un residente de los honorarios pagados a un abogado por la defensa del edificio en el marco de los procedimientos legales, como medida justificada para garantizar la coexistencia y la seguridad del conjunto. Incluso una decisión a tal efecto, contrariamente a lo dispuesto en la ley, implicaría para cada administración propia definir la ocurrencia del daño, cuando esta pregunta está reservada para una autoridad que ejerce una función judicial, si se tiene en cuenta el hecho de que el régimen de responsabilidad civil no contractual, entre otras cosas, y como regla general, requiere que el reclamante verifique la ocurrencia de daños derivados de la culpa o intención del acusado. más allá de la falta de autorización legal y reglamentaria, la verdad es que la recolección de daños por daños no puede derivarse del cuidado personal de quienes se consideran afectados. sin ir más allá, los honorarios de un abogado como costos en los procedimientos legales se denominan servicios legales, por lo tanto, su definición pertenece a una autoridad judicial, de conformidad con las tarifas previamente reguladas por el Consejo Superior del Poder Judicial, cuyo valor no corresponde necesariamente a los costos pagados por una de las partes a su abogado ”.

El tribunal consideró que[A]la validación del comportamiento, como el asumido por la administración de copropiedad en este caso específico, puede convertirse en un obstáculo para la protección judicial efectiva, por lo tanto, aceptar que los complejos residenciales son competentes para determinar la existencia y luego cobrar daños por responsabilidad extracontractual, obligaría a cualquier residente interesado a ir al sistema de justicia no solo a verse afectado por sus derechos sino, además, debe evaluar si su capacidad económica le permite resistir las posibles contingencias económicas que surgen de la promoción de los mecanismos judiciales de su defensa. la recaudación de tarifas se convertiría en un obstáculo que condiciona a los residentes y busca evitar que ejerzan su derecho de acceso a la administración de justicia..

Como resultado de las consideraciones anteriores, el Tribunal ordenó al administrador del complejo residencial que se abstenga de cobrar los honorarios del abogado que contrató la copropiedad al responder a una solicitud y una acción de tutela que tiene ha sido presentado por el solicitante.

El pago de la administración es obligatorio

A pesar de que todos son susceptibles a eventos imprevistos u ocasiones en que el dinero no parece suficiente, es imprescindible pagar a la administración en copropiedad; Un compromiso que aceptamos al tener una propiedad horizontal.

en el caso de que los propietarios de los activos privados de un edificio o complejo se opongan al pago, puede comunicarse con el estándar colombiano e informarles que ‘»Están obligados a pagar los gastos ocasionados por la administración y la prestación de servicios comunes esenciales para la existencia, seguridad y conservación de los bienes comunes.

Para desarrollar aún más este punto, le recomendamos que consulte la Ley de Propiedad Horizontal del Capítulo VII, titulada: CONTRIBUCIÓN AL GASTOS COMUNES. Más específicamente, Artículo 29: Participación en los gastos comunes necesarios.

Por otro lado, Un argumento común para escapar del pago de la administración es que el propietario se asegura de que no viva en la propiedad o no use un determinado bien o servicio común. la regla establece que, aun así, los gastos comunes del paquete deben pagarse de manera oportuna.

Estas son las sanciones que se pueden recibir cuando no se paga a la administración

¡Tomar nota! Estas son algunas de las sanciones que se pueden aplicar a quienes no cumplan con sus obligaciones:

  1. Publique la lista de delincuentes en lugares ampliamente distribuidos en el edificio.
  2. Imponer un interés en la falla mientras la falla persiste. Las multas no pueden ser más de dos veces (2) el valor de administración, y sumadas, no pueden exceder diez (10) veces el monto mensual de la administración.
  3. ¡Importante! Puede restringir a la persona acusada al uso y disfrute de productos no esenciales para uso común, como salas comunitarias y áreas de ocio y deportes.

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Preguntas frecuentes sobre el cobro jurídico de cuotas de administración

¿Qué pasa si no se pagan las cuotas de administración?

Si no se pagan las cuotas de administración, los propietarios pueden enfrentarse a diversas consecuencias legales y financieras. En primer lugar, se puede iniciar un proceso de cobro judicial, lo que podría resultar en el embargo de bienes o en la imposición de intereses moratorios. Además, la falta de pago puede limitar el acceso a servicios comunes y generar conflictos entre los vecinos.

  • Intereses adicionales: Aumento de la deuda por intereses acumulados.
  • Acciones legales: Posibilidad de demandas por parte de la administración.
  • Restricciones: Limitaciones en el uso de áreas comunes.

¿Cuánto tiempo dura un cobro jurídico?

La duración de un cobro jurídico puede variar considerablemente dependiendo de varios factores, como la complejidad del caso y la respuesta del deudor. En general, el proceso puede extenderse desde unos pocos meses hasta varios años. Es importante tener en cuenta que cada situación es única y puede influir en el tiempo total necesario para la recuperación de la deuda.

Entre los factores que pueden afectar la duración del cobro jurídico se incluyen:

  • Documentación necesaria: La preparación y presentación de la documentación adecuada pueden alargar el proceso.
  • Respuesta del deudor: Si el deudor decide impugnar la deuda, esto puede prolongar los plazos.
  • Recursos legales: La necesidad de apelar o presentar otros recursos puede añadir tiempo al proceso.

En resumen, es fundamental tener expectativas realistas sobre el tiempo que puede tomar un cobro jurídico, así como estar preparado para posibles retrasos en el proceso. La asesoría legal adecuada puede ayudar a optimizar los tiempos y aumentar las posibilidades de éxito en la recuperación de las cuotas de administración adeudadas.

¿Cuándo prescriben las deudas por cuotas de administración?

Las deudas por cuotas de administración prescriben generalmente en un plazo de cinco años, conforme a lo establecido por el Código Civil en muchos países. Este término comienza a contarse a partir del momento en que la deuda es exigible, es decir, cuando el propietario o inquilino deja de pagar las cuotas correspondientes.

Es importante considerar algunos factores que pueden afectar este plazo de prescripción, tales como:

  • Interrupción de la prescripción por el reconocimiento de la deuda por parte del deudor.
  • Suspensión del plazo por acciones legales iniciadas por el acreedor.
  • Acuerdos de pago que modifiquen las condiciones originales de la deuda.

¿Qué son las cuotas de administración?

Las cuotas de administración son aportes económicos regulares que los propietarios de un inmueble, generalmente en un conjunto residencial o edificio, deben pagar para cubrir los gastos comunes relacionados con el mantenimiento y funcionamiento de las áreas y servicios compartidos. Estas cuotas pueden incluir costos de limpieza, seguridad, mantenimiento de jardines, servicios de electricidad y agua en áreas comunes, entre otros. Su correcta gestión es fundamental para asegurar el bienestar y la calidad de vida de los residentes.

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